De consumidores a creadores: Propiedad Intelectual, digitalización y nuevas formas de producción de conocimiento
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Abstract
La relación entre industrias culturales y el mundo digital ha modificado el rol del consumidor, quien deja de ser un agente pasivo y se convierte en un creador en potencia. Estas dinámicas entran en fricción con la Propiedad Intelectual. El presente artículo muestra cómo la cultura libre potencia nuevos marcos de entendimiento y diseña licencias alternativas como Creative Commons. Así, se convoca un papel activo de la educación, que debe crear nuevas economías de educación y cultura, a partir de plataformas democratizadoras de producción y circulación de conocimiento
References
Icaria: Antrazyt.
Busse, M., y Strang, V. (2011). Ownership and Appropriation. Oxford: Oxford International Publishers.
Castiblanco, R. (2016). Interfaz hack: Lo hacker como interfaz y la propiedad intelectual como fricción.
Bogotá:Uniandes.
Chenou, J. M., y Castiblanco, R. A. (2018). #CompartirNoEsDelito: Creating Counter-Hegemonic Spaces
Online for Alternative Production and Dissemination of Scientific Knowledge. En Sierra, F., y
Gravante, T. (Eds.), Networks, movements and technopolitics in Latin America. Critical analysis and
current challenges (pp. 177-197). Obtenido desde https://doi.org/10.1007/978-3-319-65560-4
Congreso de la República de Colombia. (1982). Ley 23 de enero 28 de 1982. “Sobre derechos de autor”. Bogotá:
Imprenta Nacional.
Congreso de la República de Colombia. (1987). Ley 33 de 1987. Adopción Convenio de Berna para la protección
de las obras literarias y artísticas. Bogotá: Imprenta Nacional.
Congreso de la República de Colombia. (1989). Decreto 1360 de Junio 23 de 1989. Por el cual se reglamenta
la inscripción de soporte lógico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor. Bogotá: Imprenta
Nacional.
Congreso de la República de Colombia. (1996). Decreto 162 De 1996. Por el cual se reglamenta la Decisión
Andina 351. Bogotá: Imprenta Nacional.
Congreso de la República de Colombia. (2000). Ley 565, febrero 2 de 2000. Por medio de la cual se aprueba el
Tratado de la OMPI -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual- sobre Derechos de Autor (WCT),
adoptado en Ginebra el veinte (20) de diciembre de 1996. Bogotá: Imprenta Nacional.
Congreso de la República de Colombia. (2002). Decreto 1474 de Julio 15 de 2002. Por el cual se promulga el
Tratado de la OMPI, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, sobre Derechos de Autor (WCT),
adoptado en Ginebra, el veinte (20) de diciembre de 1996. Bogotá: Imprenta Nacional.
Congreso de la República de Colombia. (2012). Ley 1520 del 13 de Abril de 2012. Por medio de la cual se
implementan compromisos adquiridos por virtud del Acuerdo de promoción comercial, suscrito entre la
República de Colombia y los Estados Unidos de América, y su protocolo modificatorio. Bogotá: Imprenta
Nacional.
Coombe, R. J. (1998). The Cultural Life of Intellectual Properties. Duke: Duke University Press Books.
Coombe, R. J., y Herman, A. (2012). Rhetorical Virtues: Property, Speech, and the Commons on the World-
Wide Web. Anthropological Quarterly, 77(3), pp. 559-574.
Desición Andina. (1993). Decision Andina 351 de 1993. Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos
Conexos. Bogotá: DNDA.
C. (2012). El Hombre sin la Camara. [Video]. Bogotá.
Fundación Karisma. (s.f.). Compartir no es delito. Obtenido desde https://karisma.org.co/
compartirnoesdelito/
Geismar, H. (2005). Reproduction, creativity, restriction: Material culture and copyright in Vanuatu. Journal
of Social Archaeology, 5(1), pp. 25–51. https://doi.org/10.1177/1469605305050142
Hann, C. (2007). The state of the art. A new double movement? Anthropological perspectives on property
in the age of neoliberalism. Socio-Economic Review, No. 5, pp. 287-318.
Jaramillo, P. (2013). Las servidumbres de la globalización: viento, créditos de carbono y regímenes de propiedad
en La Guajira, Colombia. Buenos Aires: CLACSO.
Kleiner, D. (2007-Julio). Copyfarleft and Copyjustright. Mute, pp. 1-8.
Kleiner, D. (2015). El Manifiesto Telecomunista, 2004–2008. Texto libre en la red.
Lessig, L. (2004a). Cultura libre. Antonio Córdoba: Elástico.
Lessig, L. (2004b). Piratería. Cultura libre. Antonio Córdoba: Elástico.
Lessig, L. (2005). Por una cultura libre. Traficantes de Sueños.
Lessig, L. (2009). El Código 2.0. Madrid: Traficantes de Sueños.
Organización Mundial de Propiedad Intelectual. (OMPI). (1986). Convenio de Berna para la Protección de las
Obras Literarias y Artísticas. Ginebra: OMPI.
Organización Mundial de Propiedad Intelectual. (OMPI). (1996). Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor.
Ginebra: OMPI.
Presidencia de la República. (2012). Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos. Bogotá: Imprenta
Nacional.
Raymond, E. S. (2000a). Cultivando la Noosfera. Obtenido desde https://sindominio.net/biblioweb/
telematica/noosfera.html
Raymond, E. S. (2000b). El Caldero Mágico. Obtenido desde http://www.estrellateyarde.org/wp-content/
uploads/file/books/el-caldero-magico-eric-s-raymond.pdf
Rogel, C. (2002). En torno a los derechos morales de los autores. Madrid: Reus.
Santos, B. de S., y Rodríguez, C. A. (2007). El derecho, la política y lo subalterno en la globalización
contrahegemónica. El Derecho y la globalización desde abajo. Hacia una legalidad cosmopolita (p. 351).
Barcelona: Universidad Autónoma Metropolitana de México, Anthropos.
Stallman, R. M. (2004). Software Libre para una Sociedad Libre. Madrid: Traficantes de Sueños.
Strathern, M. (1999). Property, dubstance and effect: Anthropological essays on persons and things. Oxford:
The Athlone Press.
Vertov, D. (1929). El Hombre de la Camara. [Video]. Unión Soviética.
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ACS
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